SKARLET LTDA

lunes, 22 de septiembre de 2008

MAQUINA TEJEDORA

PROCESO DE ELABORACION

PROCESO DE ELABORACION

PROCESO DE ELABORACION

PRODUCTOS EN PROCESO

miércoles, 10 de septiembre de 2008

PRODUCTOS TERMINADOS

NUESTROS DISEÑOS

NUESTROS DISEÑOS

MAQUINAS TEJEDORAS

MAQUINAS TEJEDORAS

OBJETIVOS

- Mejorar continuamente los diseños de nuestras prendas para dar cumplimiento y satisfacción al cliente.
- Proveer de productos innovadores y de la mejor calidad que respondan a las necesidades del cliente.
- Dar a conocer nuestros productos a nivel nacional y de esta manera llegar a ser líderes en la producción de textiles.
- Conformar un equipo de alto desempeño para generar empleo y así contribuir con el desarrollo social y económico del país.

VISION

Ser los mejores y ofrecer los productos más innovadores y de la más alta calidad, adelantándonos a las nuevas tendencias de la moda garantizando la satisfacción de nuestros clientes a través del servicio interno y externo, de su rentabilidad y de su eficiencia administrativa.

MISION

Ofrecer un servicio oportuno y pertinente con productos de la mejor calidad que ofrezcan a nuestros clientes prendas con los mejores diseños, texturas y diversidad de colores, mediante esquemas de gestión integral, elevar al máximo la productividad y proporcionar a través de nuestra actividad la prosperidad de la empresa, sus accionistas, su personal y el progreso del país.

VENTAJAS DEL PRODUCTO

VENTAJAS DEL PRODUCTO


Su suavidad, elasticidad, ligereza y poder aislante: esta última característica es la principal ya que sus fibras, al ser huecas, conservan una temperatura constante del aire que circula por su interior, lo que facilita la contención del calor y la no aparición de malos olores.
La gran voluminosidad que se deriva de su rizado, que esconde una gran cantidad de aire, y su bajo peso, hace de los tejidos de lana excelentes aislantes térmicos, lo que permite conservar muy bien el calor del cuerpo y protegerle del ambiente exterior.
Por otra parte el rizado natural de la lana impide que se produzcan plieges ni arrugas que estropeen su aspecto, incluso después del lavado, ya que este rizo conserva la elasticidad lo que impide el apelotonamiento de las fibras y por tanto la formación de arrugas. La lana no ocasiona problemas de electricidad estática, así pués los tejidos se mantienen limpios al no atraer partículas de suciedad.

ANTECEDENTES

HISTORIA DEL HILADO
El arte de hilar las fibras para formar un hilo es tan antiguo que sobrepasa las fechas históricas. Se ha comprobado la existencia de algunos tejidos de fibras naturales utilizados por el hombre de las cavernas cuando el mamut y otros animales prehistóricos todavía vagaban por la faz de la tierra.
La hilatura en si no responde al descubrimiento o invención de algún hombre o época; más bien se trata de una acumulación de conocimientos y pequeños avances tecnológicos por parte de millones de hombres, a través de miles de años de esfuerzos para encontrar la mejor forma de satisfacer las necesidades de cada día.
En Europa Central, en el cenagoso fondo de los lagos de Ginebra y Constanza se han encontrado, algunos manojos de lino limpio, listo para ser convertido en tela. Es la primera vez que aparece una tela donde es evidente que este pueblo de la nueva edad de piedra había aprendido a hacerla entretejiendo gruesas fibras de hierba. Porque los hombres, probablemente, aprendieron a tejer antes de haber aprendido a hilar, ya que había siempre hierba y fibras a mano y resultaba bastante sencillo tejerlas. Debió ser mas tarde cuando aprendieron a hilar sus hebras y a hacer con ellas telas para sus prendas, y luego, empezaron a tejer el vellón de sus animales, convirtiéndolo en paño de lana.
Desde luego, cuando se inventó el arte de hilar, la lana se convirtió en el material mas útil del mundo para hacer vestidos, para la gente que habitaba en climas fríos; pero donde quiera el sol era intenso y ardiente, la gente seguía usando el limpio y fresco lino. En el antiguo Egipto era más fino que el actual, y a los faraones los envolvían en sus firmes y suaves pliegues para sepultarlos. Algunas de estas telas, semejantes a telarañas han durado hasta hoy. En los tiempos bíblicos, "la púrpura y el hermoso lino" eran la ropa de los reyes.
En los antiguos jeroglíficos egipcios aparecen hombres y mujeres ocupados en labores de hilandería y tejeduría.



Es en la cultura china donde encontramos el desarrollo de la seda como fibra: hace unos cuarenta y seis siglos hubo una princesa china llamada Liu-Tsu, que a los 14 años de edad se casó con el emperador Huang – Ti . En esos tiempos, hasta de una reina se esperaba un trabajo útil, y Liu-Tsu, quien tomó el nombre de Si-Ling-Chi, se preguntó si no se podría hacer algo de valor con las hermosas hebras que hilaban en sus capullos los gusanos de seda, a los que solía observar cuando trabajaban. Las hebras eran tan hermosas, resistentes y lustrosas, que si lograba desenredarlas, conseguiría la tela más hermosa que hubiera visto en el mundo.
Con este propósito observó pacientemente los gusanos y trabajó con los capullos hasta descubrir la forma de desenredar las delicadas hebras para que giraran alrededor de sí mismas. El resto resultó fácil, ya que todos sabían tejer cualquier clase de hebra hasta transformarla en tela. Y así fue como la reina proporcionó al mundo la seda y se hizo famosa, hasta la convirtieron en diosa y para los chinos lo sigue siendo. Muy pocos de estos relatos son verdaderos, fueron inventados por la gente y quedaron como leyendas.

RUT

RIT

lunes, 8 de septiembre de 2008

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Contrato de Prestación de Servicios


Entre SKARLET LTDA sociedad comercial legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de BOGOTA D.C., quien en adelante se denominará CONTRATANTE, representada legalmente por CATERYN CARVAJAL, identificado como aparece al pie de su firma, según certificado de Cámara de Comercio de SKARLET LTDA , y por otra parte JULIANA VARGAS CARDOZO , quien se identifica como aparece al pie de su firma y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio aplicables a la materia de que trata este contrato:

Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de OPERARIA (fabricación de tejido liso punto delgado).

Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 1 AÑO

Tercera. Honorarios. El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 550.000)

Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios el CONTRATANTE decide ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato.

Quinta. Nuevo servicio. Si finalizado el objeto del servicio contratado, el CONTRATANTE necesita un nuevo servicio del CONTRATISTA, se deberá hacer un nuevo Contrato de Prestación de Servicios y no se entenderá como prorroga por desaparecer las causas contractuales que dieron origen a este contrato.

Sexta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, 2. Realizar informes mensuales. 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE o sus delegados, con la mayor prontitud. 4. Permitir que el CONTRATANTE o un delegado haga visitas a las instalaciones del CONTRATISTA o el sitio que esté desarrollando la labor contratada.

Séptima Garantías. EL CONTRATISTA prestará garantía expedida por compañía de seguros legalmente autorizada en Colombia, o garantía bancaria única que avalará el cumplimiento, calidad y daños causados al contratante y a terceros en ejecución del contrato.

Octava. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pacto dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente.

Novena. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio.

Décima. Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. El tribunal de Arbitramento se sujetara a lo dispuesto en el decreto 1818 de 1998 o estatuto orgánico de los sistemas alternativos de solución de conflictos y demás normas concordantes.

En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes

Este Contrato de Prestación de Servicios se firma en dos ejemplares para las partes en BOGOTA a los treinta (30) días del mes de septiembre del dos mil ocho.





CATERYN CARVAJAL MENDEZ JULIANA VARGAS CARDOZO
c.c.1030561845 de bogota c.c. 1030456783 de bogota
Representante Legal Contratista

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Contrato de Prestación de Servicios


Entre SKARLET LTDA sociedad comercial legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de BOGOTA D.C quien en adelante se denominará CONTRATANTE, representada legalmente por CATERYN CARVAJAL, identificado como aparece al pie de su firma, según certificado de Cámara de Comercio de SKARLET LTDA, y por otra parte LUISA OSORIO, quien se identifica como aparece al pie de su firma y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio aplicables a la materia de que trata este contrato:

Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de VENDEDORA.

Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 1 AÑO.

Tercera. Honorarios. – El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios QUNIENTOS MIL PESOS ($ 500.000)

Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios el CONTRATANTE decide ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato.

Quinta. Nuevo servicio. Si finalizado el objeto del servicio contratado, el CONTRATANTE necesita un nuevo servicio del CONTRATISTA, se deberá hacer un nuevo Contrato de Prestación de Servicios y no se entenderá como prorroga por desaparecer las causas contractuales que dieron origen a este contrato.

Sexta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, 2. Realizar informes mensuales 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE o sus delegados, con la mayor prontitud. 4. Permitir que el CONTRATANTE o un delegado haga visitas a las instalaciones del CONTRATISTA o el sitio que esté desarrollando la labor contratada.

Séptima. Garantías. EL CONTRATISTA prestará garantía expedida por compañía de seguros legalmente autorizada en Colombia, o garantía bancaria única que avalará el cumplimiento, calidad y daños causados al contratante y a terceros en ejecución del contrato.

Octava. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pacto dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente.

Novena. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio.

Décima. Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. El tribunal de Arbitramento se sujetara a lo dispuesto en el decreto 1818 de 1998 o estatuto orgánico de los sistemas alternativos de solución de conflictos y demás normas concordantes..

En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes

Este Contrato de Prestación de Servicios se firma en dos ejemplares para las partes en BOGOTA a los TREINTA (30) días del mes de SEPTIEMBRE del dos mil.





CATERYN CARVAJAL MENDEZ LUISA OSORIO
c.c.1030561845 de Bogota c.c. 56766767 de Bogota
Representante Legal Contratista

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

Contrato de Prestación de Servicios


Entre SKARLET LTDA sociedad comercial legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de BOGOTA quien en adelante se denominará CONTRATANTE, representada legalmente por CATERYN CARVAJAL, identificado como aparece al pie de su firma, según certificado de Cámara de Comercio de SKARLET LTDA, y por otra parte MARTHA HERRERA, quien se identifica como aparece al pie de su firma y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio aplicables a la materia de que trata este contrato:

Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de OPERARIA (bordado, colocación, botones, remate, vaporizado y empaque).

Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 1 AÑO.

Tercera. Honorarios. – El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios CUATROCIENTOS SESENTA MIL PESOS ($ 460.000)

Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios el CONTRATANTE decide ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato.

Quinta. Nuevo servicio. Si finalizado el objeto del servicio contratado, el CONTRATANTE necesita un nuevo servicio del CONTRATISTA, se deberá hacer un nuevo Contrato de Prestación de Servicios y no se entenderá como prorroga por desaparecer las causas contractuales que dieron origen a este contrato.

Sexta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, 2. Realizar informes mensuales. 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE o sus delegados, con la mayor prontitud. 4. Permitir que el CONTRATANTE o un delegado haga visitas a las instalaciones del CONTRATISTA o el sitio que esté desarrollando la labor contratada.

Séptima. EL CONTRATISTA prestará garantía expedida por compañía de seguros legalmente autorizada en Colombia, o garantía bancaria única que avalará el cumplimiento, calidad y daños causados al contratante y a terceros en ejecución del contrato.

Octava. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pacto dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente.

Novena. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio.

Décima Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. El tribunal de Arbitramento se sujetara a lo dispuesto en el decreto 1818 de 1998 o estatuto orgánico de los sistemas alternativos de solución de conflictos y demás normas concordantes.

En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes

Este Contrato de Prestación de Servicios se firma en dos ejemplares para las partes en BOGOTA a los TRENTA (30) días del mes de SEPTIEMBRE del dos mil.





CATERYN CARVAJAL MENDEZ MARTHA HERRERA
c.c.1030561845 de Bogota c.c 51835368 de Bogota
Representante Legal

domingo, 7 de septiembre de 2008

APORTE DE LOS SOCIOS (HELISA)

La compañía SKARLET LTDA durante el mes de julio efectuó las siguientes operaciones
 Compra materias primas a crédito por valor de $2.250.000 a la empresa HILOS SA R.C
 Consumo de materias primas de $2.325.000 de los cuales $75.000 son indirectos y $2.250.000 son directos distribuidos así: OP # 1 $1.900.000 OP # 2 $2.750.000 OP # 3 $600.000
 Los sueldos y salarios fueron de $1.510.000 distribuidos así: -gastos de ventas $500.000
- gasto de producción $1.010.000
 El análisis de la producción refleja la siguiente aplicación MOI $460.000, MOD $550.000 afectando las siguientes ordenes de producción: OP # 1 $175.000 OP # 2 $190.000 OP # 3 $185.000
 La depreciación de la maquinaria aplica la siguiente forma: 10 años * 1 mes
 Los cargos indirectos (gastos fabriles) fueron:
- servicio de luz $50.000
- servicio de teléfono $30.000
 Se determinaron las siguientes ordenes de producción: OP # 1 70 unidades OP # 2 65 unidades OP # 3 45 unidades
 Se termina la producción y la empresa vende con un margen de utilidad del 60%

DIRECCIONAMIENTO DE LOS CIF

ORDENES DE PRODUCCION

MOVIMIENTOS

BALANCE DE PRUEBA

ESTADO DE COSTOS

ESTADO DE RESULTADOS


BALANCE GENERAL